¿Cómo
puede hacer una persona con discapacidad o un familiar directo para acceder
al Programa de Subsidios Personales del Ministerio de Desarrollo Social en
caso de necesitar cobertura de medicamentos, prótesis, ortesis
etc.?
Requisitos
para el trámite
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Presentar la solicitud ante el organismo Provincial del lugar de residencia o
en la casa de la Provincia que corresponda. En la Ciudad de Buenos Aires la
ayuda médica se gestionará a través del Servicio Social del Hospital en el
que se atienda.
En
caso de rechazo deberá presentar las razones que fundamente la misma firmada
por las autoridades de la provincia, hasta nivel de subsecretario provincial.
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Para el caso de los solicitantes menores de 21 años, la gestión debe
realizarla algunos de sus padres o familiar directo con autorización por
escrito de estos.
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Informe Social (original) de organismo público.
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Carta mandatario. Firmas certificadas por autoridad del establecimiento donde
se atiende o autoridad civil, administrativa o policial de su lugar de
residencia. Recomendable que la designación del mandatario recaiga sobre un
familiar del solicitante.
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Fotocopia del documento de identidad del solicitante y mandatario, de las dos
primeras hojas y del cambio de domicilio, autenticada por autoridad pública.
-Certificado
de domicilio
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Constancia de ingresos: fotocopia del recibo de sueldos, certificado de
ingreso, Nº de CUIL del
solicitante y cónyuge. Para titulares menores de edad la de sus padres.
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Constancia de Anses o caja previsional de la jurisdicción que figura en DNI,
sobre aportes jubilatorios del solicitante y cónyuge. En el caso de los
menores la de sus padres.
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Resumen de historia clínica actualizada (original con membrete del Hospital público.
Acompañar con estudios complementarios que avalen el pedido.
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Prescripción médica actualizada sin indicaciones de modelos o marcas (nombre
genérico de la droga). Para el caso de tratamiento prolongado consignar dosis
por 60 días. En caso de insumos médicos, especificar características técnicas
del producto y la fecha de realización del procedimiento. Para las
prestaciones médicas, la fecha de realización y la descripción de las
características técnicas.
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Tres presupuestos a nombre del paciente.
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El solicitante que posea cobertura social y no sea satisfecha la demanda debe
recurrir a la Superintendencia de Servicios de Salud. En caso de obras
sociales provinciales el rechazo
debe estar refrendado por las autoridades jurisdiccionales hasta el rango de
Ministro y/o secretario provincial.
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Para el caso de prestaciones complejas y de alto costo se solicitará a la
provincia el aporte de un porcentaje del costo de la misma.
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Los subsidios otorgados son con cargo a rendir cuentas.
DIRECCIÓN
DE AYUDA SOCIAL A PERSONAS
AVDA.
RIVADAVIA 870 - CAP.FED.
DE
9 A 16 HORAS